Tras más de un año de trámites parlamentarios, el Gobierno aprobó hace unos meses la Reforma de la Ley Concursal.
La nueva normativa, que busca agilizar los procedimientos de insolvencia, podría ayudar a las empresas con dificultades económicas.
La normativa entró en vigor el pasado 26 de septiembre de 2022, aunque la plataforma concursal no se ha implantado hasta este 9 de enero de 2023.
¿Cuáles son las novedades de la nueva Ley Concursal?
La Ley Concursal permitirá que en todo concurso se abra una fase de calificación, en la que se juzgue si el empresario es el culpable del estado de falta de liquidez de la empresa.
De esta manera, los directivos y responsables de las empresas podrían anticiparse a los problemas, ya que se podría recurrir a un procedimiento de insolvencia con una antelación de hasta 2 años.
Cuanto antes se anticipen menor será el riesgo de que los socios pierdan el control de la empresa.
Además, la nueva normativa permitirá que los gestores de fondos internacionales especializados en invertir en compañías con situaciones especiales incluyan a España como uno de los países que ofrecen garantías.
Planes de reestructuración
La Ley Concursal introduce los planes de reestructuración para evitar la insolvencia y para ayudar a superarla. Se suprimen así los actuales instrumentos pre-concursales.
Los planes de reestructuración permiten actuar de manera previa a los instrumentos pre-concursales, sin asociarse al concurso y con características que incrementan su eficacia.
Su introducción provocará una reestructuración más temprana, y con mayores probabilidades de éxito, y contribuirá a la descongestión de los juzgados y a una mayor eficiencia del concurso, dado que las empresas podrán acogerse de manera previa a la insolvencia inminente que se exige para poder recurrir a los actuales instrumentos.
Además, el contenido de los planes de reestructuración es más amplio y los acreedores tienen libertad para establecer las medidas que consideren oportunas para frenar la crisis de solvencia del deudor, debiéndose agrupar por clases dependiendo del interés común.
Los acreedores de créditos que tengan igual rango para el concurso de acreedores formarán parte de una misma clase, únicamente podrán separarse si hay razones justificadas.
Por su parte, aparece la figura del experto en la reestructuración. Éste podrá intervenir en la fase pre-concursal cuando lo solicite el deudor, los acreedores que representen más del 50% del pasivo que pudiera verse afectado o cuando se solicite la homologación de un plan que no hubiera sido aprobado por las clases de acreedores o los socios.
Además, se reduce de 5 a 3 años la duración del plan de pagos del deudor.
Pre Pack Concursal
El Pre Pack Concursal permitirá a las empresas vender 1 o más unidades productivas para obtener fondos y hacer frente a sus deudas antes de que se produzca la solicitud de concurso de acreedores.
Alerta temprana
La alerta temprana permitirá al deudor responsable detectar la necesidad de actuar para evitar y acabar con la insolvencia.
Nace para que el deudor, una vez que detecte la probabilidad de insolvencia, pueda actuar sin demora con el objetivo de evitar que la posibilidad se convierta en insolvencia actual.
Derecho a una segunda oportunidad
La nueva Ley Concursal modifica el procedimiento de segunda oportunidad: amplía la relación de deudas exonerables e introduce la posibilidad de exoneración sin liquidación previa del patrimonio del deudor y con un plan de pagos.
Esto permitirá al deudor mantener su vivienda actual y si fuese un autónomo, continuar con su actividad.
Por lo tanto, los trámites se simplifican y ya no será necesaria la liquidación previa de los bienes del deudor para el perdón de sus deudas.
Además, las exoneraciones previstas de hasta 1.000 € frente a Hacienda y otros 1.000 € con la Seguridad Social se aumentan hasta 10.000 € para las personas físicas.
Modificación de la Ley Orgánica del Poder Judicial
Esta modificación surge para mejorar el reparto competencial establecido para los juzgados de lo mercantil y para las secciones especializadas de las Audiencias Provinciales.
Admiplanor, especialistas en derecho concursal
En Admiplanor somos especialistas en derecho concursal; disponiendo de un equipo cualificado y acreditado por la Escuela de Práctica Jurídica de la Universidad Complutense de Madrid, especializados en la llevanza de los procedimientos concursales, actuando tanto como administración concursal en sede judicial, como en plano de asesor cualificado por parte de la empresa en concurso para llevar, la dirección de la asesoría legal.
Esta asistencia letrada; se presta, antes, mientras y después de la declaración del concurso de acreedores, proponiendo la idoneidad de actuaciones en situación preconcursal, asistiendo a la legalidad durante el transcurso del concurso y post concursal ajustando los resultados a los planes aprobados.